Se amplía el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa en el artículo 19 constitucional.
Los delitos que se agregan son:
- Abuso o violencia sexual contra menores.
- Feminicidio.
- Secuestro.
- Robo de casa habitación.
- Uso de programas sociales con fines electorales.
- Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito.
- Ejercicio abusivo de funciones.
- Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades.
- Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
- Delitos en materia de desaparición forzada de personas.
- Desaparición cometida por particulares.
- Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.